sábado, 21 de julio de 2012

Amnistía hipotecaria



En una entrada publicada hace unos días, Dación en pago, expliqué cómo opera el mecanismo contable de las provisiones para morosos, y cómo ese mecanismo puede hacer que el banco pase a beneficios el exceso de provisiones sobre la deuda que resta por devolver, una vez subastado el inmueble. En la de hoy, trataré de explicar por qué la amnistía hipotecaria, que se asienta en el mecanismo contable de las provisiones, lo mismo que la dación en pago, es sin embargo muy superior a ésta por sus efectos macroeconómicos.

Supongamos que debo 100.000 euros al banco por una hipoteca que financia la compra de una vivienda. Hace un año dejé de pagar, porque desde entonces estoy en paro y el sueldo de mi pareja nos da para comer, vestir y poco más. Suponiendo que la hipoteca financiara más del 80% del precio de adquisición, el banco deberá haber dotado una provisión del 50% de la deuda, o sea, por importe de 50.000 euros. Ahora, el gobierno paga al banco el saldo de mi deuda, 100.000 euros. Se hace con una condición: si vendo en el futuro la vivienda, deberé devolver los 100.000 euros. Sigo ocupando la vivienda, de la que he pasado a ser legítimo propietario sin cargas, aunque con una limitación en cuanto a su disposición para la venta. Pero ya no habrá más pagos de principal ni intereses. Los ingresos que obtenga podré destinarlos al consumo.

En cuanto al banco, lo que ocurrirá es lo siguiente. Al ingresar 100.000 euros y cancelar la deuda, ésta dejará de ser un activo «tóxico» en su balance y la provisión para insolvencias, por importe de 50.000 euros, previamente dotada, quedará anulada. Los 50.000 euros pasarán a beneficios extraordinarios del ejercicio. El gobierno, sin embargo, exigirá del banco que esos 50.000 euros no sean distribuidos como dividendos entre los accionistas, sino que permanezcan en el balance como reservas, que se suman a su «capital de máxima calidad» o «capital principal». Así, amortizando anticipadamente por cuenta de las familias hipotecadas sus préstamos, declarados morosos por lo menos desde un año antes, el gobierno consigue recapitalizar los bancos.

Con respecto a la dación en pago, la amnistía hipotecaria es desde luego más costosa para quien la financia (el gobierno, con fondos europeos) pero es más beneficiosa tanto para el deudor como para el acreedor hipotecario. Al verse libre de cargas pero todavía propietario de su piso, el exdeudor puede incrementar, y a buen seguro incrementará su consumo, con efectos beneficiosos sobre la actividad y el empleo. En cuanto al banco, puede ahorrarse el tiempo y los gastos inevitables para la venta de la vivienda en pública subasta, por una parte, y además pasa a capital la totalidad de las provisiones y no sólo su exceso sobre lo que resta por devolver en el préstamo tras la subasta del inmueble.

Desde un punto de vista general de la actividad bancaria, se evitaría así la conversión de los bancos en gestores inmobiliarios espurios. En cuanto al mercado inmobiliario, propiamente dicho, se detendría en buena medida la caída insistente de los precios de la vivienda, que está empobreciendo a toda la sociedad española. Se trata, en definitiva, de una medida sencilla, socialmente equitativa pues beneficia tanto a las familias como a los bancos, además de un estímulo al crecimiento al aumentar el poder adquisitivo de los consumidores.

Ah, y es mucho mejor que un banco «malo».



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